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CREAMA INFORMA DE LAS SUBVENCIONES CONVOCADAS POR LABORA PARA FOMENTAR EL TRABAJO AUTÓNOMO EN LA COMUNITAT VALENCIANA (EAUTOE 2024).
AGO 2024

Ampliado plazo de solicitudes hasta el 30 de septiembre por Resolución del director general de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se modifica la Resolución de 30 de abril de 2024, del director general de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las subvenciones destinadas al programa de fomento del empleo autónomo en la Comunitat Valenciana.

Esta convocatoria tiene por objeto fomentar el emprendimiento en la Comunitat Valenciana mediante la concesión de subvenciones a las personas desempleadas inscritas en LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, que se establezcan como trabajador autónomo o por cuenta propia en proyectos innovadores, desde el 1 de enero de 2024 y con aterioridad a la solicitud de la subvención, siempre y cuando reúnan los requisitos siguientes:

 

  1. Deben contar con un Plan de empresa de la actividad a realizar, que contemple su organización, recursos necesarios, plan financiero y de inversiones y plan de viabilidad para poder llevar a cabo dicha actividad
  2. La actividad autónoma debe tener carácter innovador. A estos efectos, se considerará que tiene carácter innovador si cumple alguna de las siguientes condiciones:

- Los proyectos que ofrezcan alguna novedad o mejora sobre productos o servicios existentes.

- Las actividades en las que se detecte una falta de oferta en el territorio donde la persona trabajadora autónoma vaya a prestar servicios.

- Las ideas de negocio, en sectores maduros, que den respuesta a necesidades no cubiertas.

  1. La persona solicitante debe acreditar tanto la formación a que hace referencia el apartado c.1) como la formación a la que hace referencia el apartado c.2.):

c.1.) Formación profesional oficial (del sistema educativo o formación profesional para el empleo) o educación universitaria (grado, máster o curso de experto universitario) sobre materias que tengan relación directa con el proyecto de negocio.

c.2.) Y formación no inferior a 70 horas de duración en materia gerencial, de gestión comercial o financiera o de marketing digital bien por haber recibido formación sobre dichas materias o bien porque la formación que se posea en relación al apartado c.1.) ya la incluya, según lo siguiente:

- En caso de acreditar formación profesional oficial, la titulación acreditada deberá incluir al menos 70 horas de duración en dichas materias.

- En caso de acreditar educación universitaria, la titulación acreditada deberá incluir al menos 3 créditos ECTS en dichas materias (en titulaciones universitarias anteriores al Plan de Bolonia tendrá que incluir al menos una asignatura en dichas materias).

 

Es imprescindible que el Plan de empresa de la actividad a realizar reúna condiciones de viabilidad en cuanto a su organización, recursos necesarios, plan financiero y de inversiones para poder llevar a cabo dicha actividad, y que la actividad a desarrollar tenga carácter innovador, para lo cual se precisará informe de cualquiera de las entidades incluidas en el Mapa de Entidades del Ecosistema Emprendedor de la Comunitat Valenciana. Destacar que Creama es una entidad incluida en el Mapa.

 

El importe de la subvención asciende a 5.000 euros si la persona beneficiaria es un hombre; 6.000 euros si es una mujer; y 6.600 euros si es una mujer víctima de violencia de género.

 

Recalcar que la persona beneficiaria estará obligada a mantener la actividad por cuenta propia y el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o equivalente durante al menos tres años desde la fecha de efectos del alta en dicho régimen.

 

 

Las personas interesadas en estas ayudas pueden obtener toda la información en el CREAMA Dénia cogiendo cita en el teléfono 966467010.

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